Tribunal Supremo rechaza apelación en caso de pornografía infantil

El Tribunal Supremo ha rechazado una apelación de un individuo condenado por delitos relacionados con la adquisición y posesión de pornografía infantil por el Tribunal Penal de Lárnaca. El apelante solicitó permiso para registrar el caso para una tercera y última revisión.
La apelación se refería a cuestiones legales que surgieron, según el apelante, de una decisión del Tribunal de Apelación de fecha 31 de octubre de 2025. El Tribunal Penal de Lárnaca lo había declarado culpable el 29 de noviembre de 2023.
Según la decisión judicial, el apelante fue declarado culpable de dos cargos de adquisición de pornografía infantil y cuatro cargos de posesión de pornografía infantil, en violación del Artículo 8(1) de la Ley de Prevención y Lucha contra el Abuso Sexual, la Explotación Sexual de Niños y la Representación de Material de Abuso Sexual de Niños de 2014 (Ley 91(I)/2014). Recibió sentencias de prisión concurrentes, la más larga de cinco años. Su condena fue confirmada en apelación.
El Tribunal Supremo dictaminó que no se cumplían los requisitos del Artículo 9(3)(c) de la Ley de Administración de Justicia de 1964 (Ley 33/1964), que limita la jurisdicción de tercera instancia a cuestiones puramente legales.
En consecuencia, el Tribunal Supremo desestimó la apelación y ordenó al apelante que pagara las costas.