Tribunal Supremo ratifica acceso a comunicaciones de la oficina de D. Dimitriadis

El Tribunal Supremo ha rechazado la apelación de Andreas Dimitriadis DEPE y otros seis individuos, algunos de los cuales están acusados en el Tribunal Penal de Nicosia en relación con el esquema de pasaportes dorados. La apelación impugnó la decisión de un tribunal inferior de no anular la orden que autoriza el acceso a las comunicaciones privadas grabadas.
Los abogados defensores argumentaron que el Tribunal Supremo (un juez) había rechazado erróneamente su solicitud de un auto de certiorari para anular una orden judicial de fecha 23 de julio de 2023. Esta orden judicial otorgaba acceso a mensajes SMS, correos electrónicos, ordenadores y otros datos pertenecientes a la empresa de Dimitriadis en Pafos y a otros seis individuos durante los años 2011-2015.
El tribunal examinó si se podía emitir tal orden judicial con referencia al contenido de las comunicaciones grabadas de los años 2011-2015. El Tribunal Supremo coincidió con el tribunal inferior en que la sexta enmienda a la Constitución en 2010 permitía el acceso al contenido de las comunicaciones privadas, sujeto a la emisión de una orden judicial bajo ciertas condiciones.
Según el tribunal, la restricción de un derecho constitucional sólo podía lograrse mediante una enmienda a la Constitución. Como se señala en la decisión, una orden judicial para acceder al contenido de las comunicaciones grabadas sólo podía emitirse después de la enmienda de 2010.
El Tribunal Supremo concluyó que, dada la existencia de material grabado en los documentos de 2011, cuando se modificó la Constitución, la orden judicial se emitió sobre la base de la Ley, sin que surgiera ninguna cuestión de aplicación retroactiva de la Ley.