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Prórroga del plazo fiscal por enfermedad del contable

By Staff
Prórroga del plazo fiscal por enfermedad del contable
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Una nueva Decisión Ministerial Conjunta (Α.1065/2025) prevé facilidades para la presentación de declaraciones fiscales y de seguros en caso de enfermedad, parto o fallecimiento del contable. La regulación cubre las declaraciones con fecha límite de presentación a partir del 10/4/2023.

Condiciones para la prórroga:

  • Hospitalización del contable durante al menos tres días o fallecimiento.
  • El contable debe estar autorizado por el cliente a través del portal myAADE.

Duración de la prórroga:

  • En caso de hospitalización hasta 30 días: prórroga hasta el final del mes siguiente a la fecha del alta.
  • En caso de hospitalización de más de 30 días: prórroga hasta el final del mes siguiente a la finalización de los 30 días de hospitalización.
  • En caso de fallecimiento: prórroga hasta el final del mes siguiente al fallecimiento.

Presentación de declaraciones: Las declaraciones se presentan digitalmente a través de myAADE, por correo, en persona o por correo electrónico/soporte magnético.

Cancelación de multas: Se cancelarán las multas impuestas por las declaraciones presentadas a partir del 10/4/2023 y que entren dentro de las disposiciones de la Ley 5042/2023, y se reembolsarán los importes.

Para obtener más información, los interesados pueden ponerse en contacto con el KEF de AADE en el (+30) 213 162 1000.

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Fuente: protothema.gr