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TJUE: Los Estados Miembros no pueden negarse a la acogida de solicitantes de asilo sin consecuencias

By Staff
TJUE: Los Estados Miembros no pueden negarse a la acogida de solicitantes de asilo sin consecuencias
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado que los Estados miembros no pueden negarse unilateralmente a la acogida de solicitantes de asilo en virtud del Reglamento de Dublín III sin afrontar consecuencias.

La decisión se refiere a un caso en el que Italia se negó a acoger a solicitantes de asilo, lo que, según el TJUE, socava el sistema de reparto de responsabilidades entre los Estados miembros.

En 2022, Italia anunció que ya no aceptaría traslados de solicitantes de asilo, lo que provocó una disputa legal con Alemania. El TJUE aclaró que una declaración unilateral no exime a un Estado miembro de sus obligaciones.

Sin embargo, si el traslado no se lleva a cabo en un plazo de seis meses, la responsabilidad se transfiere al Estado que presentó la solicitud, como Alemania. La decisión garantiza el acceso de los solicitantes de asilo al proceso de asilo.

El TJUE recordó que la Comisión Europea u otros Estados miembros pueden recurrir contra un Estado miembro que viole el Reglamento de Dublín III.

Fuente: ΚΥΠΕ